{"id":101805,"date":"2023-05-16T12:50:45","date_gmt":"2023-05-16T15:50:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=101805"},"modified":"2023-05-16T12:50:45","modified_gmt":"2023-05-16T15:50:45","slug":"afip-definio-como-acceder-a-un-beneficio-para-deudores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2023\/05\/16\/afip-definio-como-acceder-a-un-beneficio-para-deudores\/","title":{"rendered":"AFIP defini\u00f3 c\u00f3mo acceder a un beneficio para deudores"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>La condonaci\u00f3n de deudas alcanza a las obligaciones vencidas hasta el 31 de octubre de 2022. \u00bfCu\u00e1les son los pasos?<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La AFIP estableci\u00f3 los requisitos para que los sujetos alcanzados por el beneficio de condonaci\u00f3n de deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, puedan acceder al R\u00e9gimen de Regularizaci\u00f3n Tributaria.<\/p>\n<p>Ese R\u00e9gimen est\u00e1 contemplado en el Presupuesto Nacional del este a\u00f1o para que el Estado Nacional, las provincias, la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires y los municipios, incluidos los organismos p\u00fablicos, puedan acceder a la condonaci\u00f3n de las deudas vencidas hasta el 31 de octubre de 2022, cualquiera sea el estado en que se encuentren.<\/p>\n<p>Ahora, a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n General 5359\/2023, publicada este martes en el Bolet\u00edn Oficial, la AFIP fij\u00f3 los requisitos, el procedimiento, los plazos y dem\u00e1s formalidades que deber\u00e1n observarse a efectos de obtener el beneficio.<\/p>\n<p>Seg\u00fan lo dispuesto, los contribuyentes alcanzados deber\u00e1n presentar las solicitudes de condonaci\u00f3n ante el ente recaudador y, de corresponder, ante el Ministerio del Interior, consignando los montos y conceptos que se pretenden regularizar, y manifestar su compromiso de regularizaci\u00f3n de su situaci\u00f3n fiscal y de desistimiento de los procesos judiciales.<\/p>\n<p>La condonaci\u00f3n de deudas alcanza a las obligaciones vencidas hasta el 31 de octubre de 2022, l\u00edquidas y exigibles a la fecha de entrada en vigencia de esta resoluci\u00f3n general, incluidos los intereses resarcitorios y\/o punitorio, multas y dem\u00e1s sanciones.<\/p>\n<p>Asimismo, se hallan comprendidas las obligaciones vencidas hasta el 31 de octubre de 2022 que se encuentren en proceso de fiscalizaci\u00f3n cuya orden de intervenci\u00f3n se notifique hasta los 15 d\u00edas posteriores a la fecha de entrada en vigencia de la Resoluci\u00f3n General, as\u00ed como a las deudas en discusi\u00f3n administrativa, contencioso-administrativa o judicial.<\/p>\n<p>Esas obligaciones quedar\u00e1n incluidas en el beneficio de condonaci\u00f3n siempre que no hayan sido canceladas o regularizadas a la fecha en que se efectivice la solicitud del beneficio, de acuerdo con el texto oficial.<\/p>\n<p>La AFIP aclar\u00f3 que se encuentran excluidos del beneficio los aportes y las contribuciones destinadas al R\u00e9gimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.<\/p>\n<p>Entre otras cuestiones, el organismo dispuso que a efectos de solicitar la adhesi\u00f3n al beneficio de condonaci\u00f3n de deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, los sujetos alcanzados deber\u00e1n cumplir con los requisitos y las condiciones que se indican a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Poseer Domicilio Fiscal Electr\u00f3nico.<\/li>\n<li>Haber presentado la totalidad de las declaraciones juradas determinativas -incluidas aquellas resultantes de la actividad fiscalizadora correspondientes a ajustes de obligaciones susceptibles de ser condonadas- e informativas vencidas hasta la fecha de solicitud del beneficio.<\/li>\n<li>Tener la Clave \u00danica de Identificaci\u00f3n Tributaria (CUIT) activa sin limitaciones.<\/li>\n<li>Tener actualizado el c\u00f3digo de la actividad desarrollada de acuerdo con el &#8220;Clasificador de Actividades Econ\u00f3micas (CLAE) &#8211; Formulario N\u00b0 883&#8221;.<\/li>\n<li>No registrar baja en impuestos por omisi\u00f3n en la presentaci\u00f3n de declaraciones juradas.<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La condonaci\u00f3n de deudas alcanza a las obligaciones vencidas hasta el 31 de octubre de 2022. \u00bfCu\u00e1les son los pasos? &nbsp; &nbsp; La AFIP estableci\u00f3 los requisitos para que los sujetos alcanzados por el beneficio de condonaci\u00f3n de deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, puedan acceder al R\u00e9gimen de Regularizaci\u00f3n Tributaria. Ese R\u00e9gimen est\u00e1 contemplado en el Presupuesto Nacional del este a\u00f1o para que el Estado Nacional, las provincias, la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires y los municipios, incluidos los organismos p\u00fablicos, puedan acceder a&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":67132,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/101805"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=101805"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/101805\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":101806,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/101805\/revisions\/101806"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/67132"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=101805"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=101805"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=101805"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}