{"id":101005,"date":"2023-04-28T15:17:45","date_gmt":"2023-04-28T18:17:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=101005"},"modified":"2023-04-28T15:17:45","modified_gmt":"2023-04-28T18:17:45","slug":"el-gobierno-oficializo-la-convocatoria-a-las-paso-y-la-creacion-del-comando-electoral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2023\/04\/28\/el-gobierno-oficializo-la-convocatoria-a-las-paso-y-la-creacion-del-comando-electoral\/","title":{"rendered":"El Gobierno oficializ\u00f3 la convocatoria a las PASO y la creaci\u00f3n del Comando Electoral"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>El Poder Ejecutivo formaliz\u00f3 el calendario de las Elecciones 2023 y los detalles organizativos de los comicios. El primer llamado a las urnas qued\u00f3 fijado para el 13 de agosto, mientras que las generales se desarrollar\u00e1n en 22 de octubre. En caso de ser necesario, el 19 de noviembre ser\u00e1 la fecha de un eventual balotaje<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Gobierno nacional oficializ\u00f3 la convocatoria del llamado a primarias abiertas, simult\u00e1neas y obligatorias (PASO) para el pr\u00f3ximo 13 de agosto; y a elecciones generales el 22 de octubre, a trav\u00e9s de un decreto publicado este viernes en el Bolet\u00edn Oficial.<\/p>\n<p>\u00abConv\u00f3case a las Elecciones Primarias, Abiertas, Simult\u00e1neas y Obligatorias para la elecci\u00f3n de candidatos y candidatas a Presidente o Presidenta y vice, senadores y senadoras y diputados y diputadas nacionales y Parlamentarios y Parlamentarias del Mercosur de los distritos nacional y regionales el d\u00eda 13 de agosto de 2023\u00bb, indica el art\u00edculo 1 del Decreto 237\/2023.<\/p>\n<p>El segundo art\u00edculo convoca a elegir \u00abPresidente y vice y a 19 Parlamentarios y Parlamentarias del Mercosur, distrito Nacional (D.N.) y 19 suplentes el d\u00eda 22 de octubre de 2023\u00bb. La norma lleva la firma del presidente Alberto Fern\u00e1ndez; del jefe de Gabinete, Agust\u00edn Rossi; y del ministro de Interior, Eduardo \u2018Wado\u2019 de Pedro.<\/p>\n<p>La norma adem\u00e1s fija al 19 de noviembre como fecha para una eventual \u00absegunda vuelta electoral\u00bb. El art\u00edculo 5to tambi\u00e9n convoca para que el 22 de octubre se \u00abproceda a elegir senadores y diputados nacionales seg\u00fan corresponda a cada distrito\u00bb y a \u00abparlamentarios y parlamentarias del Mercosur\u2019.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 5to tambi\u00e9n convoca para que el 22 de octubre se &#8220;proceda a elegir senadores y diputados nacionales seg\u00fan corresponda a cada distrito&#8221; y a &#8220;parlamentarios y parlamentarias del Mercosur&#8217;.<\/p>\n<p>Se establece que el Ministerio del Interior, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n Nacional Electoral, adoptar\u00e1 las medidas necesarias para la organizaci\u00f3n y realizaci\u00f3n de los comicios.<\/p>\n<p>Este a\u00f1o se eligen presidente y vice, y 130 diputados y senadores, seg\u00fan se especifica en el anexo de la norma.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Creaci\u00f3n del Comando Electoral <\/strong><\/p>\n<p>Mediante otro decreto, el Gobierno nacional oficializ\u00f3 la creaci\u00f3n del Comando Electoral a los fines de la custodia de las PASO, las elecciones generales y una eventual segunda vuelta electoral.<\/p>\n<p>La creaci\u00f3n del comando qued\u00f3 establecida en el Decreto 238\/2023 publicado en el Bolet\u00edn Oficial con las firmas del presidente Alberto Fern\u00e1ndez; el jefe de Gabinete Agust\u00edn Rossi; el ministro del Interior, Eduardo &#8216;Wado&#8217; de Pedro; el ministro de Defensa, Jorge Taiana; y el de Seguridad, An\u00edbal Fern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>El comando depender\u00e1 del Poder Ejecutivo y se autoriza al Ministerio de Defensa &#8220;a designar al o a la Comandante General Electoral qui\u00e9n designar\u00e1 a los o las Comandantes de cada Distrito Electoral y depender\u00e1n de \u00e9l o de ella a partir de su designaci\u00f3n&#8221;.<\/p>\n<p>El organismo tendr\u00e1 a su cargo las funciones de coordinaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n referentes a las medidas de seguridad que establece el C\u00f3digo Electoral Nacional, como as\u00ed tambi\u00e9n las destinadas a facilitar la observancia de las dem\u00e1s disposiciones legales vinculadas con los actos comiciales de las PASO, las Elecciones Generales y la eventual Segunda Vuelta Electoral.<\/p>\n<p>En particular, se ocupar\u00e1 de la vigilancia de los locales donde funcionar\u00e1n las mesas receptoras de votos, de las sedes e infraestructuras destinadas al ingreso y procesamiento de datos para el recuento provisional de resultados que realiza la Direcci\u00f3n Nacional Electoral, como as\u00ed tambi\u00e9n para el escrutinio definitivo en las sedes de los Juzgados Federales con Competencia Electoral y Juntas Electorales Nacionales de cada distrito.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se ocupar\u00e1 de la custodia de las urnas as\u00ed como la documentaci\u00f3n durante su transporte y hasta la finalizaci\u00f3n del escrutinio definitivo en cada distrito en cada una de las instancias electorales, con fechas para el 13 de agosto (PASO), 22 de octubre (elecciones generales) y 19 de noviembre (eventual balotaje).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>La participaci\u00f3n de los ministerios <\/strong><\/p>\n<p>Por su parte, el Ministerio de Defensa subordinar\u00e1 al Comando los efectivos del Ej\u00e9rcito, la Armada y de la Fuerza A\u00e9rea que este requiera, en tanto que el de Seguridad subordinar\u00e1 al Comando los efectivos de la Gendarmer\u00eda, de la Prefectura Naval, de la Polic\u00eda de Seguridad Aeroportuaria y de la Polic\u00eda Federal Argentina.<\/p>\n<p>Asimismo, requerir\u00e1 de los gobiernos provinciales y de la ciudad aut\u00f3noma de Buenos Aires la subordinaci\u00f3n al comando de los efectivos de sus respectivas fuerzas de seguridad.<\/p>\n<p>La movilizaci\u00f3n de los efectivos afectados a los operativos de seguridad electoral se extender\u00e1 desde los cinco d\u00edas anteriores a las elecciones y hasta la finalizaci\u00f3n del escrutinio definitivo en cada distrito.<\/p>\n<p>Se especifica adem\u00e1s que la eventual necesidad de servicios de seguridad para la custodia de material o documentaci\u00f3n electoral que fuera parte de eventuales recursos judiciales pendientes de resoluci\u00f3n que exceda de la fecha mencionada deber\u00e1 cubrirse con efectivos de custodia de los Juzgados Federales con competencia Electoral.<\/p>\n<p>En tanto, se indica que la cobertura de los objetivos de custodia comenzar\u00e1 a las 8 horas del d\u00eda previo a cada elecci\u00f3n y deber\u00e1 permanecer en forma permanente hasta el repliegue del material y de la documentaci\u00f3n electoral.<\/p>\n<p>Por su parte, el Ministerio del Interior coordinar\u00e1 con el comando las actividades en materia de sus respectivas competencias y el Comando brindar\u00e1 el apoyo que la Direcci\u00f3n Nacional Electoral le requiera en materia de transportes, log\u00edstica y de comunicaciones, dentro del planeamiento y las posibilidades operacionales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Funciones del Comando Electoral <\/strong><\/p>\n<p>Los comandantes de distrito electoral mantendr\u00e1n informados a los Juzgados Federales con competencia electoral y a las Juntas Electorales Nacionales del respectivo distrito sobre las novedades del despliegue, desarrollo de la elecci\u00f3n y el repliegue de los materiales y documentaci\u00f3n electoral.<\/p>\n<p>Establecer\u00e1 asimismo un mecanismo de informaci\u00f3n en tiempo real con la C\u00e1mara Nacional Electoral y la Direcci\u00f3n Nacional Electoral sobre dichas novedades.<\/p>\n<p>Por otra parte, se autoriza al Comando a impartir \u00f3rdenes, adoptar medidas para asegurar el mejor cumplimiento de su cometido y a mantener relaci\u00f3n directa con gobiernos locales y organismos nacionales, los que le prestar\u00e1n colaboraci\u00f3n en el m\u00e1ximo grado de sus posibilidades.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el Comando y\/o los o las Comandantes de Distrito podr\u00e1n emitir la justificaci\u00f3n administrativa mencionada en el art\u00edculo 127, primer p\u00e1rrafo, de la Ley N\u00b0 19.945 (t.o. por el Decreto N\u00ba 2135\/83) y sus modificatorias, en los casos en que los efectivos afectados a las actividades de seguridad electoral no puedan emitir el sufragio.<\/p>\n<p>Indica el decreto que se considera como actos de servicio las distintas misiones que sean encomendadas a las fuerzas subordinadas al Comando y el gasto que demande se atender\u00e1 con los cr\u00e9ditos especialmente previstos en el Presupuesto General de la Administraci\u00f3n Nacional, Jurisdicci\u00f3n 30 &#8211; Ministerio del Interior, y deber\u00e1 el Comando efectivizar ante esa jurisdicci\u00f3n en forma exclusiva la rendici\u00f3n de cuentas correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Detalle provincia por provincia<\/strong><\/p>\n<p>\u2013 La ciudad aut\u00f3noma de Buenos Aires elige 12 diputados nacionales y ocho suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 La provincia de Buenos Aires, 35 diputados nacionales y 10 suplentes, tres senadores y tres suplentes, un parlamentario y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Catamarca, dos diputados y dos suplentes y un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 C\u00f3rdoba, nueve diputados y seis suplentes y un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Corrientes, cuatro diputados y tres suplentes y un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Chaco, tres diputados y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Chubut elegir\u00e1n tres diputados nacionales y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Entre R\u00edos, cuatro diputados y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Formosa, tres diputados y tres suplentes, tres senadores y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Jujuy, tres diputados y tres suplentes, tres senadores y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 La Pampa, dos diputados nacionales y dos suplentes y un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 La Rioja, tres diputados y tres suplentes, tres senadores y tres suplentes y un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Mendoza, cinco diputados y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Misiones, cuatro diputados y tres suplentes, tres senadores y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Neuqu\u00e9n, dos diputados y dos suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 R\u00edo Negro, tres diputados y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Salta, cuatro diputados y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 San Juan, tres diputados y tres suplentes, tres senadores y tres suplentes, un parlamentario y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 San Luis, dos diputados y dos suplentes, tres senadores y tres suplentes y un parlamentario y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Santa Cruz, dos diputados y dos suplentes, tres senadores y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Santa Fe, diez diputados y seis suplentes y un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Santiago del Estero, cuatro diputados y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur, y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Tierra del Fuego, Ant\u00e1rtida e Islas Malvinas, se elegir\u00e1n tres diputados nacionales y tres suplentes, un parlamentario del Mercosur y dos suplentes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u2013 Tucum\u00e1n, cinco diputados y tres suplentes y un parlamentario y dos suplentes.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Poder Ejecutivo formaliz\u00f3 el calendario de las Elecciones 2023 y los detalles organizativos de los comicios. 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