{"id":100799,"date":"2023-04-25T14:14:27","date_gmt":"2023-04-25T17:14:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/?p=100799"},"modified":"2023-04-25T14:14:27","modified_gmt":"2023-04-25T17:14:27","slug":"cristina-pidio-su-absolucion-y-la-revocatoria-de-penas-en-la-causa-vialidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/2023\/04\/25\/cristina-pidio-su-absolucion-y-la-revocatoria-de-penas-en-la-causa-vialidad\/","title":{"rendered":"Cristina pidi\u00f3 su absoluci\u00f3n y la revocatoria de penas en la causa Vialidad"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><em><strong>La defensa de la vicepresidenta apel\u00f3 el fallo en su contra, argumentando que contiene &#8220;arbitrariedad f\u00e1ctica y normativa&#8221; y constituye &#8220;un supuesto de enorme gravedad institucional&#8221;<\/strong><\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La vicepresidenta Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner pidi\u00f3 a la C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal que deje sin efecto la pena de seis a\u00f1os de prisi\u00f3n e inhabilitaci\u00f3n que se le impuso en el juicio por la \u00abcausa Vialidad\u00bb y que se disponga su absoluci\u00f3n, tras argumentar que el fallo en su contra contiene \u00abarbitrariedad f\u00e1ctica y normativa\u00bb y constituye \u00abun supuesto de enorme gravedad institucional\u00bb.<\/p>\n<p>En tanto, el fiscal Diego Luciani pidi\u00f3 que se le agrave la pena impuesta a la Vicepresidenta y que se la condene tambi\u00e9n por el delito de asociaci\u00f3n il\u00edcita, una figura que hab\u00eda sido descartada por el Tribunal Oral Federal 2.<\/p>\n<p>La petici\u00f3n de la expresidenta fue realizada por sus abogados, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, quienes reclamaron \u00ababsolver a Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner en orden al hecho por el cual fue injustamente condenada y dejar sin efecto todas las penas que le fueron impuestas\u00bb.<\/p>\n<p>La expresidenta fue condenada en diciembre pasado a seis a\u00f1os de prisi\u00f3n e inhabilitaci\u00f3n perpetua para ejercer cargos p\u00fablicos por supuestas anomal\u00edas en el otorgamiento de obra p\u00fablica durante su gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>Los abogados dijeron en su presentaci\u00f3n, que \u00abla sentencia aqu\u00ed recurrida consolida un caso paradigm\u00e1tico de arbitrariedad f\u00e1ctica y normativa, en el sentido t\u00e9cnico que la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n le ha asignado a dicha expresi\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abY a su vez, nos hallamos en presencia de un supuesto de enorme gravedad institucional, tal como lo hemos expuesto desde el inicio de este proceso, en el cual se ha intentado presentar como delictivos actos de gobierno absolutamente leg\u00edtimos y no judiciables, desarrollados por tres gobiernos constitucionales, elegidos democr\u00e1ticamente por el voto popular\u00bb, destacaron. Tambi\u00e9n dijeron que \u00abmantenemos las reservas de acudir, de ser necesario, ante la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n (art. 14 de la ley 48), as\u00ed como tambi\u00e9n ante los organismos internacionales competentes en materia de derechos humanos por las v\u00edas pertinentes\u00bb.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Violaci\u00f3n de garant\u00edas<\/strong><\/p>\n<p>Los abogados sostuvieron que \u00abse viol\u00f3 la garant\u00eda del juez natural, pues los magistrados actuantes, tanto en la etapa sumarial como en la instancia oral, evidenciaron una ostensible falta de independencia e imparcialidad frente al caso y las partes\u00bb. A\u00f1adieron que \u00ablos jueces sentenciantes asumieron una posici\u00f3n acusatoria que no se condice con el rol ecu\u00e1nime y equidistante que debe guiar la labor jurisdiccional\u00bb.<\/p>\n<p>Beraldi y Llernovoy sostuvieron adem\u00e1s que en el juicio \u00abse viol\u00f3 el deber de objetividad del Ministerio P\u00fablico Fiscal, en tanto sus representantes actuaron guiados por finalidades que nada tienen que ver con el recto servicio de administraci\u00f3n de justicia y la aplicaci\u00f3n de la ley\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abSe viol\u00f3 el principio \u2018ne bis in \u00eddem\u2019 (prohibici\u00f3n de perseguir o sancionar dos veces) y el valor de la cosa juzgada, ya que se dict\u00f3 una sentencia condenatoria basada en los mismos hechos que ya fueron juzgados y sobrese\u00eddos por los jueces competentes con calidad de cosa juzgada\u00bb, aseveraron tambi\u00e9n.<\/p>\n<p>Los letrados argumentaron asimismo que \u00abse viol\u00f3 sistem\u00e1ticamente el derecho de defensa en juicio, en particular, pues la mayor\u00eda de las pruebas de descargo ofrecidas por esta defensa fueron rechazadas y se fund\u00f3 un reproche penal en orden a presuntos hechos y pruebas que nunca hab\u00edan sido debatidos en el juicio, en abierta vulneraci\u00f3n al principio de congruencia\u00bb.<\/p>\n<p>Y remarcaron que \u00abse viol\u00f3 el principio de inocencia, ya que a partir de m\u00faltiples inferencias de cargo, sin prueba alguna y no obstante haberse acreditado en a lo largo del juicio la absoluta inocencia de Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner en orden a los hechos investigados, termin\u00f3 siendo injustamente condenada\u00bb.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Otras irregularidades<\/strong><\/p>\n<p>Los abogados destacaron que \u00abse viol\u00f3 el principio de culpabilidad, al dictarse una injusta condena en contra de Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner fundada en hechos ajenos, que ni remotamente le pueden ser reprochados, ya sea por una actuaci\u00f3n activa u omisiva\u00bb.<\/p>\n<p>Y dijeron que tambi\u00e9n \u00abse viol\u00f3 el principio de legalidad sustantiva, pues se dict\u00f3 una arbitraria condena en orden al delito de administraci\u00f3n fraudulenta en contra de la administraci\u00f3n p\u00fablica sin que se hubiesen satisfecho, tan siquiera m\u00ednimamente, las exigencias t\u00edpicas, objetivas y subjetivas, requeridas por la normativa penal en trato (arts. 173 inc. 7 y art. 174 inc. 5 del C\u00f3digo Penal)\u00bb. As\u00ed, los abogados pidieron que \u00abse tenga por presentado en tiempo y legal forma el presente recurso\u00bb.<\/p>\n<p>En ese contexto, solicitaron \u00abal tribunal oral, que conceda esta impugnaci\u00f3n y eleve las actuaciones al Superior en la forma de estilo, sin m\u00e1s tr\u00e1mite\u00bb y a la \u00abC\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal, que case la resoluci\u00f3n recurrida en todo cuanto ha sido materia de impugnaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abY, por corresponder disponga: absolver a Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner en orden al hecho por el cual fue injustamente condenada y dejar sin efecto todas las penas que le fueron impuestas\u00bb, concluyeron.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La defensa de la vicepresidenta apel\u00f3 el fallo en su contra, argumentando que contiene &#8220;arbitrariedad f\u00e1ctica y normativa&#8221; y constituye &#8220;un supuesto de enorme gravedad institucional&#8221; &nbsp; &nbsp; La vicepresidenta Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner pidi\u00f3 a la C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal que deje sin efecto la pena de seis a\u00f1os de prisi\u00f3n e inhabilitaci\u00f3n que se le impuso en el juicio por la \u00abcausa Vialidad\u00bb y que se disponga su absoluci\u00f3n, tras argumentar que el fallo en su contra contiene \u00abarbitrariedad f\u00e1ctica y normativa\u00bb y constituye \u00abun supuesto de&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":95629,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[18],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/100799"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=100799"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/100799\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":100800,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/100799\/revisions\/100800"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/95629"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=100799"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=100799"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.actualidadadiario.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=100799"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}