ANMAT prohibió la venta y uso en todo el país de una gran variedad de cremas antiage y otros cosméticos tras constatarse irregularidades. Además de un producto de limpieza para máquinas de café
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización, uso y distribución en todo el país de una serie de productos cosméticos al constatar irregularidades en su registro sanitario y la presunta usurpación de un legajo habilitado.
La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial bajo la Disposición 1824/2026. Alcanza a una crema antiage y a otros productos de cuidado personal que carecían de inscripción sanitaria ante la autoridad competente.
Las actuaciones se iniciaron tras tareas de fiscalización y monitoreo realizadas por el Servicio de Productos Cosméticos e Higiene Personal, que fue informado por el sector de Cosmetovigilancia ante “sospechas de legitimidad del producto ‘Crema antiage, ALPHA MEN CARE, lote 283624’”.
Al consultar la base de datos de cosméticos inscriptos, se constató que existía un producto registrado con denominación y marca coincidentes, elaborado por el Laboratorio Laborit S.R.L., habilitado bajo el legajo N° 7205.
Sin embargo, al ser consultada sobre la elaboración del lote observado, la firma respondió que “no había participado en la elaboración del lote señalado” y aclaró que el establecimiento solo produjo otros cuatro lotes con numeración distinta.
Ante ese escenario, el organismo de control concluyó que el producto investigado “no fue elaborado en las instalaciones del establecimiento declarado ante la ANMAT para tal fin”.
En los considerandos del decreto, la ANMAT señaló que el producto identificado como crema antiage con el lote cuestionado “resulta ser ilegítimo, y su comercialización estaría incurriendo en una usurpación del legajo correspondiente al establecimiento Laboratorio Laborit S.R.L.”.
En el marco de la fiscalización, también se verificó la comercialización de otros cosméticos bajo la marca ALPHA MEN CARE, como shampoo activador de raíces – anti canas, sérum avanzado anti ojeras, gel de limpieza facial, jabón natural y corrector de imperfecciones, que “no contaban con datos de inscripción sanitaria en su rotulado”.
Asimismo, la ANMAT fiscalizó el sitio web oficial de la marca y detectó la comercialización de artículos que “no contaban con inscripción ante ANMAT al día de la fecha”.
En ese contexto, la autoridad sanitaria resolvió adoptar una medida sanitaria para proteger a la población, al tratarse de productos “ilegítimos, no inscriptos ante la ANMAT, para los que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración”.
La disposición remarcó que, en esas condiciones, “no es posible conocer acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable”, lo que motivó la prohibición “hasta tanto se encuentren debidamente regularizados”, en todas sus presentaciones, lotes y vencimientos.
Otra prohibición sanitaria
En la misma edición del Boletín Oficial, la ANMAT publicó la Disposición 1825/2026, que prohíbe el uso, comercialización y distribución de un producto de limpieza para máquinas de café, al constatar que se trataba de un artículo “ilegítimo al no haber sido importado ni comercializado por la empresa titular de la marca en Argentina” y que se ofrecía “sin datos de registro de establecimiento ni de producto ante ANMAT”, además de carecer de sobrerótulo en idioma español.
“Prohíbese del uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes del producto ‘URNEX. CLEANING cup. SEE BOX FORM FULL DETAILS. DO NOT DRINK. WARNING’ en presentación de cápsula individual y del producto ‘URNEX – NESPRESSO CLEANING CAPSULES’, ambos sin datos de registro de establecimiento ni de producto ante ANMAT”, señala la normativa.
