ANMAT prohibió la venta de dos aceites de oliva por irregularidades en su rotulado

Fue a través de dos disposiciones publicadas este jueves en el Boletín Oficial; la administración justificó que se encontraban “falsamente rotuladas”

 

 

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de dos aceites de oliva, tras detectar que estaban “falsamente rotulados” y que utilizaban registros sanitarios vencidos o inexistentes, por lo que fueron calificados como “productos ilegales”.

La medida fue adoptada a través de las disposiciones 6677/2025 y 6678/2025, publicadas en el Boletín Oficial. El primer caso corresponde al producto “Aceite de oliva extra virgen marca Campos de Arauco – Oliva, RNPA N° 03004315-8, RNE N° 03000166”. Según la Anmat, la investigación se inició a partir de una consulta de un particular al Instituto Nacional de Alimento (Inal).

 

Registros vencidos y rotulado falso

El organismo informó que el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos verificó mediante el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA) que el número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que figura en el envase estaba vencido y correspondía a otra razón social, mientras que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) pertenecía a un elaborador distinto.

La Dirección de Calidad Alimentaria de Catamarca contactó a la empresa titular del RNE, que negó ser la responsable del producto y dijo desconocer su origen. En consecuencia, la ANMAT consideró que el aceite estaba “falsamente rotulado” y que carecía de los registros necesarios, por lo que fue definido como “ilegal”.

El organismo advirtió además que, al no poder identificarse su trazabilidad ni garantizar condiciones de elaboración y calidad bajo las normas vigentes, el producto no podrá ser producido ni vendido en ningún punto del país.

 

Aceite de oliva Arauco Artesanal: prohibido por falta de trazabilidad

En el segundo caso, mediante la Disposición 6678/2025, la ANMAT prohibió el “Aceite de Oliva Virgen Extra marca Arauco – Artesanal de la Rioja, prensado en frío, RNP: 19012011 – RNE: 09052008”. La medida se tomó luego de que un consumidor alertara sobre presuntas irregularidades y el Inal corroborara, junto con la Dirección de Seguridad Alimentaria de La Rioja, que los registros declarados en la etiqueta no existían.

De este modo, la autoridad sanitaria reafirmó que ambos aceites se encuentran “falsamente rotulados” y que su comercialización constituye una infracción a la normativa vigente.

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