Prohíben la venta de cocinas comerciales e industriales para uso doméstico: cuál es la razón

Defensa del Consumidor estableció que los artefactos deberán ser identificados con una faja con la leyenda “Cocina Comercial. Prohibido su uso doméstico”. Por qué está prohibido tener una cocina industrial en una casa

 

 

El Gobierno decidió prohibir la venta de cocinas comerciales e industriales para uso doméstico, ya que esos artefactos no cuentan con las medidas de seguridad imprescindibles para su uso hogareño, además de no cumplir con los estándares de eficiencia energética.

La medida se tomó mediante la disposición 709/2025 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, publicada hoy en el Boletín Oficial, luego de que los reclamos de fabricantes de cocinas que advirtieron a esa autoridad sobre los riesgos derivados de un uso inapropiado de cocinas que, en rigor, no están diseñadas para tareas domésticas.

Al respecto, se citó un informe de la Cámara Argentina de Fabricantes de Artefactos de Gas (Cafagas), en el que se alertó sobre “la falta de seguridad de determinados productos en el mercado en cuanto su comercialización”.

 

Son industriales, pero se venden como domésticas

“Las cocinas de uso industrial tienen gran impacto en el mercado de consumo doméstico debido a que las mismas –que en general carecen de los mecanismos de seguridad que son requeridos para su uso doméstico– son ofrecidas en salones de venta de artículos para el hogar, además de supermercados, páginas web y distintos canales de comercio electrónico y, finalmente, adquiridas por consumidores finales”, señaló Defensa del Consumidor en los considerandos de la disposición.

Asimismo, indicó que “las cocinas comerciales o industriales, conforme la reglamentación actual aplicable, no requieren de certificación previa de seguridad ni de eficiencia energética, por entenderse que serán parte de una instalación industrial”, a diferencia de las de uso doméstico.

En ese sentido, alertó que “cuando dichas cocinas finalmente son adquiridas por consumidores finales e instaladas en viviendas familiares, se genera un riesgo cierto para los mismos pudiendo suceder diversos accidentes debido a que estas cocinas, en su mayoría, carecen de válvulas de seguridad y poseen potencias muy elevadas para el uso familiar”.

“Por otro lado, su aislación térmica es deficiente y tienen menor eficiencia energética que las cocinas de uso doméstico –entre otras características– que tornan a estos artefactos altamente peligrosos para los consumidores, quienes sin contar con la información adecuada adquieren dichos productos con el potencial peligro que conlleva su utilización, pudiendo padecer serios daños e incluso la muerte de los usuarios”, completó.

 

La prohibición

Defensa del Consumidor estableció, en consecuencia, que las cocinas comerciales con horno que no cuenten con aprobación ni certificación para su uso doméstico según determina la Norma NAG 312 del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), en virtud de lo previsto por la resolución 165/2008, “no podrán ser comercializadas a consumidores”.

En el caso de que esas cocinas sean adquiridas por personas humanas o jurídicas, cualquiera sea su objeto social, deberán denunciar al vendedor con carácter de declaración jurada el domicilio de instalación del artefacto adquirido, mediante un formulario que se detalla en el anexo de la disposición.

Las cocinas deberán ser identificadas con una faja de papel fijada por adhesión al frente del producto, conteniendo en letras rojas la leyenda: “COCINA COMERCIAL. PROHIBIDO SU USO DOMÉSTICO”.

La medida de la faja, de fondo blanco, será de 50 centímetros de ancho por 10 de alto y las letras serán mayúsculas, tipo de letra Arial y cada letra en tamaño 96.

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