Motosierra a full: eliminan, fusionan y transfieren más de una decena de organismos

A veinte días de la finalización del plazo establecido para las facultades delegadas en la ley de Bases, el Gobierno procedió a una reestructuración de regímenes, registros y comisiones de diferentes áreas de Agricultura, Ganadería y Obras Públicas

 

 

El Gobierno aceleró a fondo en el tramo final del plazo de facultades delegadas autorizado en la ley de Bases y dio a conocer hoy una serie de medidas por las que disuelve, fusiona o transfiere más de una decena de regímenes, registros y comisiones de diferentes áreas del Ministerio de Economía, en particular las secretarías de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Obras Públicas.

Las medidas se dan a conocer veinte días antes del 8 de julio, fecha de vencimiento de las mencionadas facultades delegadas, y fueron plasmadas en los decretos 396/2025, 408/2025 y 410/2025, todos publicados en la edición de hoy del Boletín Oficial.

A pesar de tratarse de decisiones elaboradas por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, la firma de su titular, Federico Sturzenegger, no figura en ninguna de las medidas, suscriptas por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros de Economía, Luis Caputo, y de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.

El propio Sturzenegger dijo en varias apariciones en medios que se avanzaría en la denominada “motosierra” para aprovechar los últimos días de delegación de facultades, más allá de que la actividad de reforma del Estado proseguirá después del 8 de julio, aunque con distintas características.

 

Instituto Nacional del Agua

El decreto 396 dispuso que el Instituto Nacional del Agua (INA) deje de ser un organismo descentralizado y se sume como parte de la estructura organizativa de la Secretaría de Obras Públicas.

Los organismos descentralizados cuentan con un grado de autonomía que les permite el cobro de aranceles, tasas y tarifas para su financiamiento, una facultad de, con el traspaso a Obras Públicas, el INA dejará de tener.

Sus competencias, señaló el Gobierno en los considerandos de la norma, “pueden ser desarrolladas con igual grado de eficacia, rigor y profesionalismo desde la Administración Pública Nacional centralizada, mediante mecanismos adecuados de gestión y control presupuestario, sin que ello menoscabe su capacidad operativa ni su excelencia técnica”.

“Dicha transformación organizacional permitirá fortalecer la coordinación de las políticas públicas en materia de infraestructura hídrica” y, además, “permitirá simplificar la estructura administrativa y suprimir unidades que cumplen funciones de apoyo”.

 

Segemar e Inpres

En el segundo artículo del decreto se dispone la fusión del Instituto Nacional de Prevención Sísmica (Inpres) en el Servicio Geológico Minero Argentino (Segemar), con el propósito de darles “una mayor eficiencia administrativa y funcional”, ya que ambos organismos “comparten campos de actuación vinculados a la geociencia, el estudio del subsuelo, los riesgos geológicos, el desarrollo de información técnica para la gestión territorial, la prevención de desastres naturales y la formulación de estándares regulatorios”.

El Gobierno argumentó que la fusión “permitirá centralizar capacidades técnicas, aprovechar infraestructura existente y potenciar el desarrollo de conocimiento aplicado a los riesgos naturales, en línea con los objetivos estratégicos del Estado en materia de planificación territorial y gestión de emergencias”.

 

El informe de Desregulación

La reestructuración se deriva de un informe presentado el 7 de febrero, en el que se relevó la existencia en la Administración Pública Nacional de 40 organismos desconcentrados y 71 descentralizados, con un total de 477 autoridades superiores, “lo que ha dado lugar a una estructura excesivamente onerosa para el Poder Ejecutivo Nacional”.

En el informe de la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público, se detalló que esos organismos contaban en 2010 con 35.481 agentes, cifra que ascendió a 88.095 personas en 2024, es decir un incremento de la planta del 148,3% en catorce años.

 

Ganadería

En el decreto 408 se detalla el mayor número de entes disueltos, en este caso en el área de Ganadería.

La medida disuelve el Régimen para la Promoción, Desarrollo y Consolidación de la Ganadería Ovina y de Llamas, así como su Comisión Asesora Técnica; el Programa de Promoción y Producción del Gusano de Seda, el Registro Nacional de Sericicultura; el Régimen para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina y su Comisión Asesora Técnica; el Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas; el Programa para el Fomento y Desarrollo de la Producción de Bubalus Bubalis o Búfalos de Agua y el Consejo Federal Bubalino.

En línea con las facultades otorgadas en la ley de Bases, el decreto deroga las leyes 25.422 y sus modificatorias, 25.747, 26.141, 27.066 y 27.076, por las que se crearon los organismos disueltos.

El Gobierno fundamentó todas las disoluciones en que las actividades de fomento que llevaban a cabo corresponden a “un escenario productivo, institucional e histórico muy diferente al actual”.

“En este contexto, en el que las políticas del Gobierno Nacional se orientan a reducir la intervención estatal y a maximizar la eficiencia y eficacia en la gestión pública, se vuelve imperioso revisar aquellas funciones que pudieran resultar redundantes o superpuestas, con el fin de asegurar una asignación más racional, eficiente y focalizada de los recursos públicos”, explicó.

 

Sanidad vegetal

El decreto 410 deroga la ley 17.606 de 1968, que determinada que “todo establecimiento, ya sea oficial o particular, y personas dedicadas a la producción o venta de plantas o sus partes, están obligados a inscribirse en un Registro Oficial especialmente habilitado” por la por entonces existente Dirección General de Sanidad Vegetal.

La ley también obligaba a los establecimientos y personas “a despachar las plantas o sus partes acompañadas de una ‘Guía de sanidad para el tránsito de plantas o sus partes’”, cuyos formularios eran confeccionados  por la mencionada Dirección.

En los considerandos del decreto se indica que, además de que las competencias de esa Dirección ahora las cumple el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), las funciones conferidas en la ley derogada “implican una carga innecesaria para el Estado, traduciéndose en burocracia y costos administrativos innecesarios para la ciudadanía”.

Asimismo, “impone restricciones que afectan tanto a productores como a comerciantes y particulares que transportan plantas, generando una intervención estatal desproporcionada en un sector que puede regularse con criterios modernos de control sanitario”, sostuvo.

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