Afip reglamentó un decreto que se publicó el año pasado y era una de las principales demandas del sector
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) confirmó que las empresas alcanzadas por la Ley de Economía del Conocimiento dejarán de pagar retenciones a la exportaciones. La medida se oficializó este jueves mediante la la resolución general 5013/21 publicada en el Boletín Oficial con la firma de la titular del organismo recaudador Mercedes Marcó del Pont.
El texto publicado hoy reglamenta el Decreto 1034 que se oficializó el pasado 20 de diciembre pero no se había avanzado en su reglamentación, lo que impulsó el descontento en el sector. Este documento establece la reducción a cero de la alícuota del 5% vigente hasta ayer para todas las firmas exportadoras de servicios realizados en el país que están contempladas en la ley 27.506 que aprobó el Congreso en octubre del 2020.
Este régimen pretende promover nuevas tecnologías, generar valor agregado, fomentar el empleo de calidad, facilitar el desarrollo de pymes y aumentar las exportaciones de las empresas que se dediquen a servicios basados en el conocimiento. «Las modificaciones a la ley otorgaron un carácter más progresivo, equitativo, federal y solidario», aseguró la Afip en un comunicado.
En tanto, el texto agrega que en el caso de los beneficiarios del Régimen de Promoción de la Industria del Software «que hayan ratificado su voluntad de continuar con la adhesión al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, la alícuota cero será aplicable a las exportaciones realizadas a partir del 22 de diciembre de 2020, inclusive».
Además, el organismo recaudador instrumentó el procedimiento que deben seguir las compañías para poder acceder a la utilización en su favor de los excedentes que pagaron hasta el momento. De acuerdo a la Afip, la empresa podrá solicitar la reimputación mediante la transacción «Reimputación de Pagos» obrante en el «Sistema Cuentas Tributarias». Por último, indica que podrán utilizar ese saldo para aplicarlos para cancelar derechos de exportación adeudados por exportaciones de servicios o autorizar al organismo para la registración del crédito en la «Billetera Electrónica AFIP».