Se extendió el programa de incentivo para la fabricación nacional de bienes de capital

Mediante el decreto 96/2020 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció que el bono de crédito fiscal podrá ser aplicado al pago de impuestos nacionales y el cálculo del mismo se realizará conforme a un nuevo esquema, que regirá hasta diciembre del 2020. La medida fue aprobada por el presidente Alberto Fernández, el ministro de Economía, Martín Guzmán y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas

 

De esta manera, para las solicitudes de emisión de bonos fiscales por facturas emitidas hasta el 31 de diciembre de 2020, el beneficio será del 50 % del valor que resulte de una sumatoria que tiene en cuenta un 6 % del importe resultante de detraer del precio de venta el valor de los insumos, con un derecho de importación del 0 % y un 8% del importe resultante.

En tanto, para las solicitudes de emisión de bonos fiscales por parte de pymes, para facturas emitidas hasta el 31 de diciembre de 2020, el beneficio a otorgarse será del 60 % del valor que resulte de la sumatoria de los componentes anteriores. Asimismo, este número podrá ser incrementado hasta en un 15% en la medida en la que demuestren las inversiones realizadas.

Además, el decreto explica que podrán computarse hasta un 70 % del valor de las inversiones realizadas en innovación, investigación y desarrollos tecnológicos, facturados y efectuados a partir del 1 ° día 1 ° de enero de 2019 y debidamente acreditadas. Asimismo, destacan que “estarán excluidos del valor de venta de los bienes alcanzados por el beneficio, incluyendo las líneas de producción completas y autónomas, aquellos bienes de capital incorporados que se encuentran alcanzados por los beneficios del presente Régimen”.

De este modo, los beneficiarios podrán solicitar la emisión del bono fiscal hasta el 31 de marzo de 2021. En este sentido, serán elegibles aquellas operaciones de venta de los bienes de capital, en la medida que las facturas correspondientes hayan sido emitidas por el beneficiario hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, y las mismas no cuenten con más de un año de emisión.

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