Desde el Ministerio de Hacienda, la Secretaría de Gobierno de Energía le otorgó a Total Austral Sociedad Anónima una autorización para exportar gas natural a Chile, con destino a Enap Refinerías, desde las Áreas “San Roque” y “Aguada Pichana Este”, ubicadas en la Cuenca Neuquina
Según la resolución 356/2019 publicada este jueves en el Boletín Oficial, que cuenta con la firma del secretario de Gobierno Gustavo Lopetegui, la exportación será de carácter interrumpible, por un volumen máximo de un millón de metros cúbicos por día de gas natural de nueve mil trescientas kilocalorías por metro cúbico hasta el 1° de mayo de 2021.
Asimismo, la autorización de exportación caducará automáticamente si transcurrido el plazo de 45 días computados a partir de la fecha de su publicación, no se efectivizare la primera exportación comercial de gas natural, de conformidad con lo previsto en el inciso 6 del artículo 3° del anexo I al decreto 1738 del 18 de septiembre de 1992.
De este modo, según la normativa las modificaciones de las condiciones contractuales originales referidas a cantidades comprometidas, plazo de vigencia o precio de los contratos, “deberán ser sometidas a consideración de la autoridad de aplicación con anterioridad a su vigencia efectiva”.
En tanto, Total Austral deberá informar mensualmente a la autoridad de aplicación, con carácter de declaración jurada, los volúmenes mensualmente exportados. Así, la información será entregada en cumplimiento de la resolución 319 del 18 de octubre de 1993 de la ex Secretaría de Energía dependiente del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Sin embargo, más allá de la autorización, desde el Gobierno manifestaron que dichas entregas quedarán condicionadas a que se encuentre asegurado el abastecimiento de la demanda interna. En este sentido, en caso de existir situaciones en las que se requiera interrumpir la exportación, Total Austral tendrá que adecuarse y priorizar el mercado interno.
Según aclara Energía, esta medida se fundamenta en la ley 17.319, la cual establece que el Poder Ejecutivo Nacional permitirá la exportación de hidrocarburos o derivados no requeridos para la adecuada satisfacción de las necesidades internas, “pudiendo fijar los criterios que regirán las operaciones en el mercado interno a fin de posibilitar una racional y equitativa participación en él a todos los productores del país”.