A diferencia de Brasil, la figura otorga una moderada atenuación de la pena y recién se establece al dictar sentencia. Pero el juez usa la tentación de evitar la cárcel para conseguir confesiones
En las últimas horas, diferentes voces afirmaron que una clave de la causa originada en los cuadernos de Oscar Centeno estará dada por los probables arrepentidos. La hipótesis estima que empresarios o personajes menores de la trama, acaso menos curtidos que Lázaro Báez o Ricardo Jaime, no estarían dispuestos a pasar meses o años en el penal de Ezeiza o el de Marcos Paz, por lo que se sentarían en un despacho de Comodoro Py para sellar un acuerdo en el marco de la ley del arrepentido de 2016.
Los análisis en ese sentido trazan un paralelo con la figura de la delación premiada en Brasil, que permitió desarrollar la trama del Lava Jato. En esa línea, testimonios que ratifiquen o aporten nuevos datos resultarán fundamentales para dar validez a las anotaciones de Centeno, con más razón si la prueba consiste en fotocopias y no en originales.
“Si el empresario A admite que el 3 de octubre de 2010 le entregó un bolso con un millón de dólares a (Roberto) Baratta, y el empleado B reconoce que trasladó un bolso en Olivos ese mismo día, y a la semana siguiente se firmó un contrato para una obra pública, ello puede tener un valor de prueba aunque no existieran los cuadernos o ni siquiera las fotocopias”, indicó una fuente ligada a la investigación.
Ese razonamiento explica el énfasis que pusieron el juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli en difundir que ya consiguieron dos imputados arrepentidos: el chofer, cuyos escritos dieron origen a la causa, y el ejecutivo de la empresa española Isolux Corsán, Juan Carlos de Goycochea, anotado como uno de los entregadores de coimas a Baratta.
El colaborador ya mintió
A tal punto la colaboración de Centeno es clave, que Bonadio le perdonó ipso facto que mintiera en su primer acto de buena voluntad. El día en que La Nación publicó la parte que seleccionó de los cuadernos Gloria, el chofer guio a Stornelli a dos domicilios del norte del Gran Buenos Aires para buscar los originales, que fuentes de la fiscalía definieron por esas horas como “el cuerpo central” de la investigación.
Los cuadernos no estaban, algo había salido mal.
Tras cartón, fuentes de la investigación cambiaron de parecer y comenzaron a decir que los originales no eran necesarios.
El chofer dio marcha atrás y afirmó el viernes por la noche que los cuadernos habían sido quemados en la parrilla de su casa. Le había hecho perder el tiempo a Stornelli; mal comienzo para un colaborador. Bonadio, un repentino garantista, lo indultó en el acto y le mantuvo el beneficio como arrepentido.
“A esta altura, la adhesión a la figura de imputado colaborador tiene un efecto más simbólico que real. Le decís a Bonadio que cuente con vos, pero para la ley, no constituye un gran atractivo legal que le vaya a cambiar el futuro al delator. La figura del arrepentido no es tan generosa como la delación premiada de Brasil”, aclara un penalista vinculado a la causa. “Eso es según la ley. Otra cosa es el juzgado de Bonadio, que se maneja con sus propias reglas y te puede mandar a Ezeiza o dejarte libre, pero no porque lo diga la ley sino porque le parece al juez”, desliza el abogado.
Reducción de la pena
La ley que introdujo la figura del arrepentido en el artículo 41 ter del Código Penal fue sancionada en octubre de 2016. Establece que las escalas penales podrán reducirse al grado de “tentativa” para aquellos imputados que “brinden información o datos precisos, comprobables y verosímiles” que permita esclarecer los hechos o identificar a más responsables que hubieran cometido un delito similar o más grave que el atribuido al delator. La gama de delitos en la que se podría aplicar la figura es amplia y excluye crímenes de lesa humanidad.
El premio de la delación en la Argentina consiste en que el monto de la pena podrá reducirse “de un tercio al a mitad”, según establece el artículo 44 para la categoría “tentativa” (no llega a consumar el hecho). Es decir, si el Código establece que un delito puede ser penado con hasta diez años, la escala máxima para el arrepentido pasa a ser de cinco a seis años y ocho meses.
“El acuerdo es con el fiscal, luego es homologado por el juez, pero quien decide finalmente es el tribunal oral al momento de dictar sentencia”, indica la especialista en legislación sobre corrupción Natalia Volosín, doctorada en Yale.
El pacto deberá realizarse durante la etapa de instrucción y el juez tiene un plazo máximo de un año para evaluar las obligaciones del imputado, indica el código.
Así las cosas, un arrepentido podría acogerse al beneficio con la expectativa de ver reducida la pena, como máximo, hasta la mitad (según el tipo delictivo, podría transformarse en una pena excarcelable si resulta a menos de tres años de prisión), pero no tendría ninguna seguridad de que se cumpla lo homologado por el instructor. En este expediente, quienes decidirán si hay premio al delator serán jueces de un tribunal oral cuando dicten sentencia, en el mejor de los casos, dentro de dos años.
Hoy hay factores que amalgaman ciertas decisiones que parten de primera instancia, pasan por los TOF y terminan en las cámaras de segunda instancia o Casación, pero en dos años, la cohesión podría cambiar de manos.
La jurisdicción Bonadio
Aquí entra a jugar la prisión preventiva, de la que el titular del juzgado criminal federal 11 hace uso a su antojo, más allá del peligro de fuga o entorpecimiento, que es el marco establecido por la ley. Con el aval del juez de Cámara Martín Irurzun, que dio a luz la novedosa teoría de que un “poder residual para entorpecer la causa” podría ser decisivo para dictaminar la prisión antes de la condena, la discrecionalidad para enviar a la cárcel a un imputado o procesado es casi absoluta. Ése es el campo en el que se moverá Bonadio: la negociación de prisión preventiva por confesiones. “Para ese fin, la figura del arrepentido le sirve para darle una máscara de formalidad que en rigor no necesita”, dijo el abogado penalista.
Durante los próximos meses, el juez podrá hacer jugar beneficios similares a los disponibles para testigos protegidos, que pueden tener su peso para confesores de bajo perfil.
Con el discreto premio que implica la delación en la Argentina, la tesis de que declarar primero constituye un gran beneficio “no tiene mucho asidero, y menos en esta instancia, en la que hay un secreto de sumario inexplicable, y cuando la prueba original no aparece; lo que aumenta la potestad de asustar en manos de Bonadio”, agregó el abogado.
Figuras penales básicas que podrían ser aplicadas al caso como fraude contra la administración pública, asociación ilícita, blanqueo de bienes provenientes de un delito o cohecho implican penas de entre uno a diez años, según el código penal. Al bajar las penas a entre seis meses y cinco años como mínimo, el código penal permite que sea tenido en cuenta para la eventual exención de prisión o excarcelación.
Generosidad brasileña
En Brasil la historia es distinta. En 1990 fue sancionada una ley que otorgo beneficios de uno a dos tercios de la pena a un imputado colaborador que permitiera esclarecer “delitos hediondos”, como tortura, tráfico de drogas o terrorismo. En los años siguientes, el premio fue ampliado a delitos de secuestro extorsivo, lavado de dinero, evasión y asociación ilícita.
Hace 20 años que en Brasil las penas de ciertos delitos pueden evitar la cárcel y hasta el perdón judicial.
La “delación premiada” que disparó casos de corrupción como el Lava Jato fue sancionada en 2011, durante el primer gobierno de Dilma Rousseff. Allí se estipularon los “acuerdos de leniencia” que permiten a un imputado ver reducida su pena desde el simple perdón judicial (el juez se abstiene de condenar), pasando por una reducción de hasta dos tercios y penas sustitutivas de prisión (tareas comunitarias) para el colaborador que delate a otros sospechosos, describa estructuras jerárquicas y aporte pruebas documentales.
En el proceso brasileño es el mismo juez que homologa el acuerdo con el fiscal quien decide la sentencia, por lo cual, además de que los beneficios procesales y penales son mucho más generosos, no existe el riesgo de la disparidad de criterio en el momento en que es establecida la primera condena. Es decir, un magistrado como Sergio Moro da la venia al arrepentido y le garantiza que cumplirá el acuerdo.
Ambos sistemas penales, en Brasil y Argentina, indican que no alcanza con el testimonio del arrepentido para dictar sentencia contra terceros. Hacen falta pruebas.