La Unidad de Información Financiera (UIF) informó que no puede brindar información hasta “agotar el análisis” de la operación sospechada de lavado de dinero en relación al caso que involucra a Gustavo Arribas
La información surge luego de que trascendiera que el organismo no habría informado a la Justicia sobre un alerta recibido desde el exterior por transferencias millonarias a una cuenta del jefe de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI).
“En función de las estrictas leyes vigentes que rigen la actividad de la UIF, esta institución no informa nunca a terceros fuera de su ámbito si recibió o no información vinculada a un caso, ni si habiéndola recibido inició una tarea de análisis, ni el estado en el que la misma pudiese encontrarse”, subrayó el organismo que dirigen Mariano Federici y María Eugenia Talerico.
Según informó este jueves el matutino La Nación, la información confidencial llegó a Buenos Aires en abril de 2016, cuando Mauricio Macri llevaba cinco meses como presidente.
Dicha alerta por operación sospechosa, fue emitida por los responsables de otra unidad antilavado de América del Sur, y llegó a la UIF argentina entre el lunes 4 y viernes 8 de abril. Desde la UIF local tampoco acusaron recibo de esos datos a los remitentes.
De acuerdo a la publicación, cuando los investigadores extranjeros comenzaron a analizar el material sobre el caso del “Lava Jato” que habían recibido desde Brasil en busca de indicios sobre coimas pagadas a funcionarios de su país, detectaron los giros a Arribas.
Al verificar que Arribas era el director general de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), remitieron toda esa información confidencial a la UIF, en Buenos Aires.
Tras conocerse la información, el organismo resaltó a través de un comunicado que los funcionarios y empleados de la UIF “están obligados a guardar secreto de las informaciones recibidas en razón de su cargo, al igual que de las tareas de inteligencia desarrolladas en su consecuencia”.
“El artículo 19 de la Ley 25.246 indica, que sólo cuando la UIF hubiese agotado el análisis de una operación reportada y surgieren elementos de convicción suficientes para confirmar su carácter de sospechosa de lavado de activos o de financiación del terrorismo en los términos de la ley, es cuando debe poner los mismos en conocimiento del Ministerio Publico Fiscal a los fines de establecer si corresponde ejercer la acción penal”, sostuvo el organismo.
A la vez, indicó que “por primera vez desde su creación, la institución funciona de manera plenamente autónoma, sin injerencias indebidas por parte del Gobierno, la política, o intereses sectoriales, tal como lo requieren los estándares internacionales y la Ley Argentina”.
“Las prácticas poco profesionales de este organismo en el pasado minaron la confianza de sus fuentes locales e internacionales, elemento central para su correcto funcionamiento, que esta nueva gestión está logrando restituir respetando el apego incondicional a la legalidad”, añadió la unidad antilavado.