El gobierno provincial dispuso nuevas medidas por la pandemia de covid 19

En consonancia con la flexibilización de varias actividades dispuesta por Nación a raíz de la pandemia de covid 19, el gobierno provincial dio a conocer nuevas medidas en lo que respecta a reuniones sociales, actividades gastronómicas y culturales, cultos y deportes

 

 

El gobierno nacional oficializó los nuevos parámetros del denominado semáforo epidemiológico que rige para todo el país con el fin de controlar el avance del coronavirus y flexibilizó varias actividades. En ese marco, el gobierno provincial dispuso las siguientes medidas:

  • La restricción de circulación para las personas se mantiene entre las cero (0) horas y las seis (6) horas de cada día, pero con una tolerancia de 30 minutos. Quedan exceptuadas de esta medida de restricción a la circulación nocturna, aquellas personas afectadas a las situaciones, actividades y servicios esenciales, establecidos en el artículo 11 del DNU 125/21 PEN y artículo 20 del DNU 287/21 PEN.
  • Se permiten reuniones sociales en domicilios particulares, hasta un máximo de diez (10) personas, como así también en espacios públicos al aire libre, hasta un máximo de cincuenta (50) personas.
  • La actividad gastronómica (restaurantes, bares, etc.) podrá funcionar entre las seis (6) horas y las veinticuatro (24) horas de cada día, incluidas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio. El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de los locales gastronómicos se reduce a un máximo del 50 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.
  • En materia de deportes, se permite entrenamiento, práctica y competencia deportiva en clubes y espacios afines, con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 personas en espacios abiertos; a excepción de las competencias que se lleven a cabo en espacios abiertos y requieran de número de competidores superior.

El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de gimnasios se reduce a un máximo del 50 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.

La actividad deportiva podrá desarrollarse en clubes, instituciones y espacios afines, entre las 6 y 23hs de cada día, sin la presencia de público espectador.

  • En lo que respecta a cultura, se permite la realización de talleres artísticos y academias de danzas con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 personas en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados.

El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de teatros, centros culturales, cines y otros establecimientos afines, se reduce a un máximo del 50 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.

Las actividades culturales podrán desarrollarse entre las 6 y 23 hs de cada día.

En referencia a los cultos, las celebraciones de ceremonias religiosas y actividades afines al culto en todo el territorio provincial quedan habilitadas con un aforo del 50 por ciento, en relación a la capacidad máxima habilitada.

La actividad podrá desarrollarse en organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Culto entre las 6 y 22 hs de cada día.

  • Los presidentes municipales y comunales, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias de cada jurisdicción, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales, siempre y cuando sean de su competencia.
  • La actividad y los inmuebles que se utilicen para las actividades gastronómicas, culturales, deportivas, comerciales y religiosas deberán contar con la habilitación municipal o comunal, quienes tendrán a su cargo la verificación y control del cumplimiento de las pautas previstas, con la colaboración de los gobiernos provincial y nacional.

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