El BID financiará obras en Salto Grande por USD 50 millones

Según la medida, el objetivo es contribuir a la competitividad de los sectores productivos y servicios turísticos de la región

Mediante el decreto 460/2019 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) con la provincia de Entre Ríos para el “Programa de Desarrollo e Integración de la Región de Salto Grande”, por USD 50.000.000.

Según la medida, que cuenta con la firma del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña y del ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, el objetivo general del programa es contribuir al aumento de la competitividad de los sectores productivos y servicios turísticos de la región de Salto Grande.

Así, los objetivos específicos son aumentar la productividad de los sectores productivos que participan del programa; mejorar el posicionamiento de la región como destino turístico y mejorar la conectividad de la zona, para que contribuya a atraer mayor cantidad de turistas nacionales e internacionales.

En este sentido el Gobierno explicó que para la ejecución del referido programa se desarrollarán tres componentes, como la integración y desarrollo productivo, conectividad de la región, y coordinación integrada de fronteras.

Asimismo, el BID le propuso al Gobierno nacional la suscripción de un contrato de garantía con la finalidad de que la Argentina afiance las obligaciones financieras que el Gobierno de Entre Ríos contraiga como consecuencia de este préstamo, destinado a llevar adelante obras en Salto Grande.

En el caso de no producirse la cancelación respectiva, el Gobierno de la provincia de Entre Ríos autorizará al Ministerio de Hacienda a efectuar el débito automático de los fondos de la cuenta de coparticipación Federal de Impuestos o del régimen que la reemplace, por hasta el total del monto adeudado.

En este aspecto, el ministro de Hacienda será quien realice en nombre y representación de la Argentina, todos los actos relativos a la implementación del contrato de garantía y aquellos requeridos al país para la correcta ejecución del préstamo. Además, también podrá llevar adelante modificaciones contractuales, siempre y cuando “no constituyan cambios sustanciales al objeto de la garantía, al destino de los fondos, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado”, resalta la norma.

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