Aumento para jubilados: de cuánto sería la mejora real si el Gobierno no veta la ley

A pedido de los legisladores, la OPC evaluó los diferentes escenarios hasta fin de año para los jubilados que cobran la mínima y para el resto de la escala, tanto con la nueva ley como con el régimen vigente

 

 

La situación de los jubilados a partir de agosto podría estar sujeta a varios cambios en cuanto a su poder adquisitivo, dependiendo de si se aplica la nueva ley que dispone un incremento excepcional o si finalmente es vetada por el presidente Javier Milei. La situación también cambia según si se percibe el haber mínimo o los superiores de la escala.

Ese escenario con cuatro posibilidades fue proyectado por la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) a requerimiento de los propios legisladores, tanto para tener una cabal dimensión del impacto de la medida en los ingresos de los jubilados como para medir el costo fiscal de los incrementos aprobados.

El Poder Ejecutivo cuenta con un plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del Senado para observar total o parcialmente la iniciativa, algo que se descuenta a partir de lo adelantado por el propio jefe de Estado la semana pasada.

A la espera de esa decisión, el poder de compra de los jubilados podrá oscilar entre una pérdida real del 1,1% y una mejora del 16% respecto del nivel de los haberes en diciembre de 2024.

 

Opción I: agosto con veto al aumento para jubilados

En un escenario sin aplicación de la nueva ley, los haberes jubilatorios recibirán en agosto una actualización del 1,6%, por aplicación de la fórmula de movilidad, dado el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio.

Ese ajuste -el más probable, a juzgar por el anuncio del veto- implica una mejora estimada del poder de compra mensual del orden de 0,4% en el caso de los jubilados que cobran haberes superiores al mínimo y, por lo tanto, no cobran el bono de refuerzo de $70.000.

Pero para los que perciben la mínima, sus ingresos efectivos (jubilación más bono) tendrán una mejora a valores constantes del 0,1% en relación con el nivel de julio.

“Esta evolución es el resultado del diseño de la fórmula de movilidad (que toma como referencia al IPC con dos meses de rezago), en un contexto de dinámica descendente de la inflación”, explicó la OPC en su informe.

 

Opción II: agosto sin veto

Pero si se aplicara la ley aprobada en el Senado, los ingresos jubilatorios superiores al haber mínimo (sin bonos) sumarían al incremento por movilidad la suba de 7,2% prevista en el artículo 1°, lo cual implicaría una mejora en términos reales de 7,6% con relación al mes anterior.

Como en el paquete legislativo, además del ajuste porcentual, se aprobó una suba de $40.000 en el bono, que pasaría de $70.000 a $110.000, en el caso de los jubilados que perciben el haber mínimo la mejora de sus ingresos efectivos sería del 16,4%.

 

Opción III: diciembre con veto

La OPC también realizó una proyección de la capacidad de compra de las jubilaciones a diciembre, siempre considerando que se mantengan las actuales condiciones de desaceleración de la inflación.

Si se mantiene la situación actual -es decir, si Milei veta la ley- el poder adquisitivo de los haberes sin bonos alcanzaría una mejora de 3,6% respecto a diciembre de 2024.

En cuanto a los ingresos efectivos (jubilación más bono de $70.000) de aquellos que cobran la mínima, se daría el único caso de pérdida de poder de compra en la simulación trazada por el organismo bicameral, debido precisamente a la continuidad del congelamiento de la suma fija, inalterada desde marzo del año pasado.

Esos ingresos efectivos, precisó la OPC, “se contraerían 1,1%”.

 

Opción IV: diciembre sin veto

Con aplicación de la ley, en diciembre de 2025 los haberes superiores al mínimo alcanzarían una mejora en términos reales de 11% en relación con el mismo mes de 2024 y de esa manera tendrían un poder de compra equivalente al que tuvieron en septiembre de 2023, según los cálculos del organismo legislativo.

Respecto a los haberes más bajos, la mejora interanual a valores constantes sería del 16%, por la combinación del aumento general y el del  57,14% en el monto del bono de refuerzo.

En este caso, el poder de compra pasaría a ser equivalente al de octubre de 2023.

De las declaraciones de Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y otros funcionarios, se desprende que las opciones I y III serán las más probables de llevarse a la práctica, por lo que cabe esperar la continuidad de la mejora mensual en función de la aplicación de la movilidad por inflación, pero con dos resultados diferentes para fin de año: una mejora real del 3,6% para los haberes superiores y una pérdida del 1,1% para los mínimos, debido a un congelamiento del bono de $70.000 que para entonces completaría 21 meses.

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