Monotributo: julio comienza con recategorización ante AFIP

El objetivo del Gobierno es que los monotributistas perciban un alivio fiscal, puedan recomponer el poder adquisitivo y obtener una mejora del salario lo que se traduce en más consumo. Cuáles son las nuevas escalas y cuándo hay que cambiarse de categoría

 

 

Los niveles de facturación del monotributo aumentarán  desde julio un 41,5% y los contribuyentes podrán realizar otro período para la recategorización, según  lo confirmó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Estas medidas del Ministerio de Economía generan un alivio fiscal en 4.781.614 de trabajadores de todo el país. Además, no habrá cambios en la cuota mensual, y podrán acceder a créditos tasa fija del 43% para capital de trabajo.

El objetivo es  un beneficio para monotributistas que les permita recomponer  el poder adquisitivo y obtener una mejora del salario de bolsillo que se traduce en mayor consumo y actividad económica. Así buscan incentivar el consumo de un sector clave de la población.

El aumento en las escalas se produce en julio precisamente porque es el mes donde los monotributistas deben recategorizarse, dado que los períodos de recategorización se producen cada seis meses.

 

Cuáles son las nuevas escalas de monotributo a partir de julio

  • Categoría A: pasarán de $ 999.657,23 a $ 1.414.762,58
  • Categoría B: de $ 1.485.976,96 a $ 2.103.025,45
  • Categoría C: de $ 2.080.367,73 a $ 2.944.235,60
  • Categoría D: de $ 2.583.720,42 a $ 3.656.604,33;
  • Categoría E: de $ 3.042.435,05 a $ 4.305.799,15.
  • Categoría F: de $ 3.803.043,82 a $ 5.382.248,94
  • Categoría G: de $ 4.563.652,57 a $ 6.458.698,71
  • Categoría H: de $ 5.650.236,51 a $ 7.996.484,11.
  • Categoría I: pasará de $ 6.323.918,55 a $ 8.949.911,06
  • Categoría J: de $ 7.247.514,92 a $ 10.257.028,68
  • Categoría K: de $ 8.040.721,19 a $ 11.379.612,01.

 

Cómo sé si tengo que recategorizarme 

Para evaluar si corresponde una recategorización se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

Si los parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. Y el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.

Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización. Mientras que aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Además, para recategorizarse en los niveles del monotributo, hay que analizar que no hayan cambiado los valores de facturación,  superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida y alquileres devengados en los últimos 12 meses.

Según el total de los valores que arroje cada parámetro, habrá que recategorizarse a la categoría que corresponda según el parámetro más alto. Si corresponde quedarse en la misma categoría, no se debe hacer ningún trámite.

 

Cómo hacer la recategorización en  AFIP

Pasos a seguir:

-Ingresar al sitio web del Monotributo.

-Completar CUIT, clave fiscal y presionar “Aceptar”.

-Seleccionar la opción “Recategorizarme”

-Ir al apartado de “Continuar recategorización”.

-Informar los nuevos parámetros.

-Apretar la opción “Imprimir credencial”.

Así, el sistema emitirá el Formulario 184 (como comprobante de la recategorización realizada) y la nueva Credencial de Pago.

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